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viernes, 15 de febrero de 2013

LA EMPRESA TENDRÁ QUE READMITIR A 75 TRABAJADORES El Tribunal Superior de Justicia de la región declara nulo el ERE de Geacam


(EUROPA PRESS) -
   El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha anulado el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que presentó la Empresa de Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha (Geacam) y que afectaba a 75 trabajadores de Asistencias Técnicas y de Estructuras de Incendio, que tendrán que ser readmitidos.
   Así se contempla en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que resuelve la demanda por despido colectivo que tanto CCOO como UGT presentaron el pasado mes de agosto y en la que el alto tribunal determina que en el proceso negociador de ese ERE intervino una representación por "completo extraña" al ámbito de trabajadores afectados por las medidas regulativas.
   El texto asegura que la interlocución social en el seno del proceso negociador se asumió exclusivamente por el Comité Intercentros, tal y como está previsto en el III Convenio Colectivo para el personal del empresas adjudicatarias de los servicios contra incendios forestales.
   De los 13 miembros de dicho Comité Intercentros, dos correspondían a representantes elegidos por el persona de Estructura y 11 a los elegidos por el personal de extinción.
   Aunque el tribunal admite que el Comité Intercentros tiene facultades para intervenir en el proceso porque tiene representatividad para ello, puntualiza que al integrarse en un único órgano de presentación legal de los trabajadores queda condicionada su capacidad de expresión y, aun más, "cegada o anulada" su capacidad de decisión.
   Y es que considera que queda "absorbida o confundida en la decisión mayoritaria de un órgano que representa en realidad a un grupo distinto de trabajadores, que no solo puede tener intereses distintos, sino contradictorios, con los que quedan en minoría".
   Por ello el TSJCM dictamina que el proceso negociador no se ha producido con las condiciones de "efectividad, participación y transparencia exigidas" y que por ello no puede amparar el conjunto del proceso y la decisión finalmente adoptada por la empresa.
   Los 75 trabajadores afectados han ido acogiéndose progresivamente a las medidas previstas y, a la fecha del juicio, 53 habían optado por bajas indemnizadas y 20 por el mecanismo de recolocación, habiendo sido recolocados 12 y estando pendientes de ello ocho, según reza en la sentencia.

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