La tribuna de albacete
La sección segunda de la Audiencia Provincial ha sentenciado a F.G.J. como autor de un delito de apropiación indebida a la pena de 14 meses de privación de libertad con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, así como a una multa de seis meses a razón de seis euros diarios con arresto sustitutorio de un día por cada dos multas para el caso de impago por insolvencia.
Por otra parte, este tribunal ya en el orden civil condena al imputado a indemnizar a G.A.E. y M.D.M. en la cantidad de 25.000 euros más los correspondientes intereses legales en ocho cuotas trimestrales, pudiéndose, no obstante, contra esta resolución judicial interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.Se considera probado y así lo reconoció F.G.J. que el 20 de octubre del 2006 y a través de un documento privado, «vendió a G.A.E. y M.D.M. una vivienda unifamiliar que se había de construir en el término municipal de Valdeganga, concretamente en la parcela B de un proyecto a edificar y registrado por el precio de 205.000 euros en el caso de que la misma se escriturase a su nombre, o de 211.000 euros en el supuesto de que hubiese una cesión a terceros».
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