(EUROPA PRESS) -
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado los periodos hábiles de caza y las vedas especiales en la región para la próxima temporada cinegética, además de las especies objeto de caza, también en el caso de especies exóticas objeto de control de poblaciones y especies comercializables.
Las especies de fauna silvestre cuya caza queda autorizada en cuanto a especies de caza mayor son la cabra montés, el ciervo, el corzo, el gamo, el jabalí y el muflón.
En el caso de caza menor, se permite la caza del conejo, la liebre y el zorro. En el caso de aves migratorias acuáticas, la Orden que publica el DOCM y recoge Europa Press indica que se permite cazar especies de ánadoe friso, rabudo y real; el ánsar, la cerceta, la focha, gaviotas patiamarilla y reidora y pato colorado.
Las aves migratorias no acuáticas que se podrán cazar son el avefría, la becada, la codorniz, el estornino punto, las palomas torcaz y zurita, la tórtola común y el zorzal alirrojo, común y real.
Por último, las aves no migratorias permitidas son el faisán, la corneja negra, la paloma bravía, la perdiz roja, la urraca y el zorzal charlo. En cuanto a especies exóticas para el control de poblaciones, solo se permite la caza del arruí.
PERÍODOS Y DÍAS HÁBILES
En el caso de la caza menor, en los terrenos cinegéticos de aprovechamiento común, el periodo hábil será desde el primer domingo de noviembre al último domingo de diciembre, ambos inclusive, limitándose la caza a los domingos de las 9.00 a las 13.00 horas, exclusivamente en terrenos con superficie continua igual o superior a 250 hectáreas, pudiendo cazar cada cazador como máximo dos piezas por día de caza del conjunto de las especies conejo, liebre y perdiz, quedando el cupo libre para el resto de las especies cinegéticas, a excepción de los términos municipales que se relacionan en el Anexo de esta Orden, donde el cupo de conejo que puede cazarse queda libre.
Como excepciones, el período hábil de caza de codorniz, tórtola común y paloma torcaz, además del establecido con carácter general, será el comprendido desde el 15 de agosto al 15 de septiembre de 2013, ambos inclusive, para codorniz; y desde el 22 de agosto hasta el 22 de septiembre de 2013, ambos inclusive, para tórtola común y paloma torcaz.
Para tórtola común se establece un cupo de 10 ejemplares por cazador y día, salvo que en el plan técnico de caza se establezca uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicho plan. Los días hábiles serán jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional.
Para aves migratorias no acuáticas, el período hábil de caza para estas especies en terrenos sometidos a régimen cinegético especial finalizará el día 31 de enero de 2014. Mientras, para aves acuáticas, el plaza será desde el 15 de octubre de 2013 hasta el 31 de enero de 2014, ambos inclusive, pudiéndose emplear en puesto fijo cimbeles naturales o artificiales.
En el caso de perdiz roja con reclamo, dado el carácter tradicional de esta modalidad, se autoriza la caza en todo su territorio únicamente en terrenos sometidos a régimen cinegético especial.
CAZA MAYOR
El periodo hábil para la caza de ciervo, gamo, muflón y jabalí empieza el 8 de octubre de 2013 hasta el 21 de febrero de 2014, ambos inclusive. Para el corzo, el periodo estará comprendido entre el 1 de abril hasta el 31 de julio, ambos inclusive.
La caza de esta especie solo podrá practicarse en cotos y en las modalidades de rececho y aguardo o espera en el período anteriormente establecido y de acuerdo con la resolución aprobatoria del plan técnico de caza del coto.
Por último, para la cabrá montés, el periodo va desde el 15 de noviembre de 2013 hasta el 15 de enero de 2014, ambos inclusive
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