(EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha elevado la pena de prisión de cuatro años y medio a cinco años y tres meses por un delito continuado de malversación de caudales públicos a Raquel H., auxiliar administrativa del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) que falsificó sus nóminas para cobrar más dinero desde febrero de 2002 hasta diciembre de 2006.
De esta manera, el Supremo desestima el recurso de casación de la defensa pero estima el recurso del Ministerio Fiscal, elevando además la pena de inhabilitación para el ejercicio de función pública de la procesada de seis a nueve años, mientras que mantiene la indemnización fijada de 296.000 euros, equivalente a la cantidad defraudada durante cinco años más los intereses generados.
La sentencia, recogida por Europa Press, el Supremo considera que se debe aplicar la mitad superior de la mitad superior de la pena prevista, lo que supone una pena de entre cinco años, tres meses y un día y seis años. La Sala ha tenido en cuenta la atenuante de ludopatía, por lo que le aplica el mínimo posible dentro de este baremo, quedando en cinco años, tres meses y un día.
ANTECEDENTES
El 28 de octubre de 2011 la Audiencia Provincial de Toledo dictó sentencia donde consideraba probado que Raquel H. prestó sus servicios para la Gerencia de Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario del SESCAM, donde desde febrero de 2002 y hasta que cesó en sus funciones por baja por incapacidad laboral a mediados de diciembre de 2006 alteraba su propia nómina con el programa informático contratado por el SESCAM al aumentar "falazmente" sus ingresos "siempre muy por encima de lo que legalmente le correspondía".
De esta manera, el dinero de esta nómina falsificada era ingresado por cuenta de la Tesorería General de la Seguridad Social en la cuenta de la que la acusada era titular en Caja Castilla La Mancha, llegando a ingresar en diciembre de 2006 la cantidad de 24.600 euros cuando debía haber cobrado 1.113 euros.
Según la sentencia, la condenada alteró el modelo 190, que es el certificado de movimientos del año a remitir a Hacienda para la campaña anual del impuesto sobre la renta de las personas físicas, para que sus"manipulaciones fraudulentas" no fueran detectadas.
Así, desde 2002 y hasta el 2006, la condenada cuadró las cantidades falsamente, haciendo coincidir la cantidad de su nómina legítima con lo realmente ingresado, a pesar de ser esa cantidad muy superior, razón por la que no fue descubierto su artificio defraudatorio hasta enero de 2007, cuando al encontrarse de baja laboral una compañera la sustituyó en la elaboración de dicho documento. Por estos hechos, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo condenó a cuatro años, seis meses y un día de prisión a la procesada.
RECURSOS POR PARTE DE LA DEFENSA Y DEL FISCAL
Ante esta sentencia, la defensa de Raquel H. presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo por infracción de la presunción de inocencia y por errores de apreciación en las pruebas, aduciendo que no está acreditada la cualidad de funcionaria de la procesada, algo ante lo que la defensa "no tiene razón" según los Fundamentos de Derecho de la sentencia del Tribunal Supremo.
Por su parte, la acusación pública cuestionó en su recurso de casación la condena a la acusada, indicando que la pena a Raquel H. debería ser en este caso de la mitad superior de la mitad superior de un máximo previsto de seis años de cárcel --cinco años, tres meses y un día--, argumento que hace suyo el Supremo y estima el motivo del Fiscal para dictar su sentencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario